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REFORMA DE PENSIONES: NUEVOS CAMBIOS EN LAS COTIZACIONES PREVISIONALES DESDE AGOSTO DE 2026

A partir de las remuneraciones correspondientes a agosto de 2026, que se pagan durante septiembre, comienza una nueva etapa en la implementación de la Reforma de Pensiones.

Esta modificación incorpora nuevos aportes de cargo del empleador y cambios en la administración de algunas cotizaciones previsionales. Por esta razón, es importante que las empresas revisen oportunamente sus procesos y sistemas de remuneraciones.

¿CUÁL SERÁ EL NUEVO APORTE DEL EMPLEADOR?

Desde agosto de 2026, las cotizaciones previsionales de cargo del empleador alcanzarán un 3,5% de la remuneración imponible de cada trabajadora o trabajador respecto de quien exista obligación de cotizar.

Este 3,5% se distribuirá de la siguiente manera:

  • 2,5% destinado al Seguro Social Previsional, que incluye el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y la Compensación por Expectativa de Vida.
  • 0,9% correspondiente a la nueva Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP).
  • 0,1% destinado a la cuenta de capitalización individual en la AFP, aporte vigente desde agosto de 2025.

NUEVA COTIZACIÓN CON RENTABILIDAD PROTEGIDA (CRP)

Uno de los principales cambios es la entrada en vigencia de la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), equivalente al 0,9% de la remuneración imponible desde agosto de 2026.

Se trata de un mecanismo que forma parte del Seguro Social Previsional y cuenta con garantía estatal. Para las y los trabajadores, este aporte se registrará mediante un Bono de Seguridad Previsional (BSP), que generará intereses y cuyo monto final se incorporará a la cuenta individual al alcanzar la edad legal de jubilación.

De acuerdo con la implementación gradual de la reforma, esta cotización aumentará al 1,5% a partir de agosto de 2027.

¿QUÉ CAMBIA CON EL SEGURO DE INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA?

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) mantiene sus coberturas, prestaciones y requisitos de acceso.

La modificación se encuentra en su recaudación: el aporte pasará a ser recaudado por el Instituto de Previsión Social (IPS) a través de PREVIRED y posteriormente será transferido al Fondo Autónomo de Protección Previsional.

¿A QUIÉNES SE APLICAN ESTAS COTIZACIONES?

Estas cotizaciones deberán pagarse por las trabajadoras y trabajadores dependientes afiliados al sistema de AFP respecto de quienes exista obligación de cotizar, incluyendo:

  • Trabajadoras y trabajadores de empresas.
  • Trabajadoras y trabajadores de casa particular.
  • Personas pensionadas por invalidez parcial que continúen trabajando como dependientes.

La obligación se mantiene hasta que la persona cumpla 65 años, se pensione por vejez o invalidez total, o acceda a alguna de las exenciones establecidas en la legislación.

¿CÓMO SE REALIZARÁ EL PAGO?

Los empleadores deberán continuar declarando y pagando las cotizaciones previsionales mediante PREVIRED, utilizando los mismos canales disponibles actualmente.

Antes de realizar la declaración, será importante verificar que:

  • Los datos de las y los trabajadores estén correctamente registrados.
  • Los movimientos de personal se encuentren actualizados.
  • Las remuneraciones imponibles sean correctas.
  • Los sistemas o softwares de remuneraciones estén actualizados para incorporar las nuevas cotizaciones.

Las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones de agosto de 2026 deberán pagarse hasta el 10 de septiembre, o hasta el 13 de septiembre de 2026 si el pago se realiza por medios electrónicos.

UNA IMPLEMENTACIÓN GRADUAL

La Reforma de Pensiones continuará implementándose progresivamente durante los próximos años, hasta alcanzar un aporte total de cargo del empleador de 8,5% de la remuneración imponible, de acuerdo con el calendario establecido en la Ley N.º 21.735.

IMPORTANTE PARA EMPLEADORES

Es recomendable revisar con anticipación los sistemas de remuneraciones y coordinar con los respectivos proveedores de software las actualizaciones necesarias para calcular, declarar y pagar correctamente las nuevas cotizaciones correspondientes a las remuneraciones de agosto de 2026.

MÁS INFORMACIÓN

Para conocer todos los detalles de estos cambios, revisa la información oficial publicada por el Instituto de Previsión Social (IPS):

Atención empleadores: conoce los cambios en el pago de cotizaciones desde las remuneraciones de agosto

https://www.ips.gob.cl/noticias/atencion-empleadores-conoce-los-cambios-en-el-pago-de-cotizaciones-desde-las-remuneraciones-de-agosto

Fuente: Instituto de Previsión Social (IPS).

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